Póliza de Responsabilidad Civil Profesional

 

REFERENCIA A NORMATIVA

Según lo estipulado en nuestros estatutos colegiales (ORDEN de 25 de octubre de 2010), en las Leyes Ómnibus (Ley 25/2009) y Paraguas (Ley 17/2009), así como en la Ley de Colegios Profesionales de Andalucía (Ley 10/2003), los colegiados Ejercientes Libres están obligados a contratar póliza de Responsabilidad Civil para el ejercicio de sus funciones profesionales. Por tal motivo, esta Corporación realiza un acuerdo para el colectivo  que suscriben los colegiados interesados.
Los colegiados que deseen contratar otra póliza tan solo deberán justificar el cumplimiento de dicha obligación enviando certificación de la póliza en vigor contratada.
 
 
Facebook
Twitter
LinkedIn
Email

SEDE
CENTRAL

HORARIOS

Mañanas

Tardes

SEDE JUZGADOS
DE LO SOCIAL

HORARIOS

Mañanas

Inicio de Sesión

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información pulsando en "más información" más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar