Estimado/a compañero/a:
A raíz de una consulta realizada por un compañero, el Subdirector Provincial de Prestaciones del SEPE, Jorge Mera, nos traslada la siguiente respuesta: «En relación a vuestra consulta sobre los efectos que las medidas extraordinarias en materia de cotización vinculadas a los expedientes de regulación temporal de empleo prorrogados hasta el 31/01/21 reguladas en el RDL 35/20, informaros que no afecta a las prestaciones extraordinarias que los trabajadores vienen percibiendo.
Las empresas, únicamente deberán remitir una nueva solicitud colectiva con aquellos trabajadores que no haya incluido en una solicitud colectiva anterior y que, por tanto, no hayan percibido prestación por ERTE COVID. En caso de que el trabajador haya estado incluido en una solicitud colectiva anterior, y haya percibido prestación por ERTE COVID en algún momento desde el 01/10/20, la regularización del pago de la prestación se realiza a través de los archivos XML. Es importante que, en este último caso, es decir, trabajadores que hayan estado en una solicitud colectiva desde el 01/10/20 o en un momento posterior, las empresas no vuelvan a enviar una solicitud colectiva incluyendo a dichos trabajadores, porque nuestro programa vuelve a reconocer una nueva prestación y se producen errores en la nómina».
Esperando que esta información sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
José Ramón Barrera Hurtado
Presidente