EDITORIAL

José Ramón Barrera Hurtado,
Presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Sevilla.

Como bien conoceis, en el BOE del 30 de diciembre de 2021 se publica el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, tras su polémica convalidacion y tal y como se indica en su preámbulo, ya desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores en 1980, y apenas estrenada nuestra Democracia, el trabajo en España ha evolucionado arrastrando siempre el pesado lastre de la temporalidad que ha impedido a una parte importante de las personas trabajadoras ejercer de forma plena sus derechos y ha creado una inercia, de dimensión cultural, que ha mermado el crecimiento de las empresas y su productividad.

Precisamente esta reforma laboral tiene como finalidad garantizar la estabilidad del empleo, promoviendo que los contratos indefinidos sean la norma general y haciendo que sean tasados y puntuales, los casos en los que puede celebrarse un contrato de trabajo a tiempo parcial.

Su fecha de entrada en vigor a los tres meses de la publicación (30/03/2022), ponen de manifiesto la rabiosa actualidad de editar el presente monográfico, aunque a buen seguro todavía y a lo largo del tiempo correrán ríos de tinta a favor y en contra de esta, sin dejar de un lado las interpretaciones que judicialmente se hagan de la misma.

Aunque, existe una cierta tendencia a manifestar la poca profundidad y calado de la reforma, lo cierto es que acomete novedades importantísimas en el ámbito de la Relaciones Laborales, fundamentalmente las encontramos orientadas a la simplificación de los contratos; el establecimiento de un mecanismo permanente de flexibilidad interna y recualificación de trabajadores en transición; la modernización de la negociación colectiva; y, la modernización de la contratación y subcontratación de actividades empresariales.

Desde nuestro ámbito competencial dentro de empresas y trabajadores se hace necesario un amplísimo conocimiento de los derechos y obligaciones que se derivan de esta flamante reforma, así, la nueva obligación de la empresa debiendo informar a los trabajadores y a sus representantes acerca de la obtención de su condición de fijos en el plazo de los diez días siguientes al cumplimiento de los plazos establecidos, la obligación del SEPE de dar traslado a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si advirtiera que se han podido superar los límites temporales máximos, y otras como la modernización de la negociación colectiva, la recuperación de la ultraactividad indefinida según la nueva redacción del art. 86 del ET, la desaparición de prevalencia salarial del convenio de empresa, con sus correspondientes matizaciones según la nueva redacción del art. 84.2 del ET y la simplificación de contratos reduciendo sustancialmente las modalidades de contratación desapareciendo el contrato de obra o servicio determinado, y desincentivando la excesiva rotación en los contratos de muy corta duración incrementando la cotización.

Igualmente, la nueva regulación en cuanto al encadenamiento de contratos que tanta litigiosidad ha generado y el endurecimiento de las sanciones en materia inspectora, ponen de manifiesto la necesidad de la publicación de este especifico monográfico.

Con el deseo que os facilite, ayude y permita desarrollar con las máximas garantías y conocimiento vuestro trabajo diario, y con enorme ilusión os trasladamos las distintas opiniones vertidas en este trabajo que ahora os presentamos, recibid un fuerte abrazo.

ÍNDICE BOLETÍN DIGITAL

EDITORIAL por José Ramón Barrera Hurtado, Presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Sevilla

ACTUACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL TRAS LA REFORMA LABORAL: CONTRATOS TEMPORALES por Ana Ercoreca de la Cruz, Inspectora de Trabajo y Seguridad Social y Presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social

LA “RESTAURACIÓN” DE LA ULTRACTIVIDAD INDEFINIDA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS por Ángel Javier Gallego Morales, Presidente del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales

REFORMA LABORAL: CONTRATOS DE FORMACIÓN Y PRÁCTICAS por Angela Labrador, Graduado Social. Directora de Comunicación y Marketing de Grupo2000

LA REGULACIÓN DE LOS ERTE Y MECANISMO RED EN LA REFORMA LABORAL. VALORACIÓN CRÍTICA por Enric Martí Morón, Graduado Social

LOS NUEVOS LÍMITES EN LA CONTRATACIÓN TEMPORAL, LA SUBCONTRATACIÓN Y LAS EXTINCIONES POR CAUSAS ETOP EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA por Alejandro Nisa Ávila, Graduado Social Colegiado Ejerciente nº 1209

EL NUEVO RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN TEMPORAL TRAS EL RD LEY 32/2021, “NO ES PAÍS PARA CONTRATOS TEMPORALES” por Juan José Guijarro Baco, Graduado Social Colegiado Ejerciente nº 1372

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